

PARA ORDENAR LA CONGELACIÓN DE PRECIOS DE VENTA DE LOS ARTÍCULOS Y SERVICIOS DE PRIMERA NECESIDAD ANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA DECRETADO RESPECTO AL USO DEL AGUA POR RAZÓN DE LOS BAJOS NIVELES DE PRECIPITACIÓN REGISTRADOS Y LA DISMINUCIÓN EN LOS NIVELES DE LOS PRINCIPALES EMBALSES DE PUERTO RICO; PARA DEROGAR LA ORDEN DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR BAJO EL NÚMERO 2026-003; Y PARA OTROS FINES RELACIONADOS.
El 27 de octubre de 2025 mediante Orden 2025-009 se ordenó a todos los promotores u organizadores de eventos que realizaran actividades culturales o de entretenimiento en Puerto Rico, cuya venta de boletos comenzara luego del 1 de enero de 2026, al cese y desista del cobro del “promoter fee” a los consumidores.
SECCIÓN 4TA: Posteriormente, el 30 de diciembre de 2025, el Secretario del Departamento promulgó la Orden 2025-010 a los fines de extender el término de implementación de la orden de cese y desista establecida en la Orden 2025-009 y para otros fines.
SECCIÓN 5TA: Como parte de los asuntos contenidos en la Orden 2025-010, el Secretario del Departamento encomendó una evaluación y estudio económico sobre el impacto de la Orden 2025-009 sobre el consumidor y la industria del entretenimiento en Puerto Rico. A esos efectos, extendió el término para la entrada en vigor de la Orden 2025-009 hasta el 1 de julio de 2026.
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